Documento normativo
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Premisa

Durante el presente siglo, en muchas naciones, se han constituido asociaciones de laicos que, "en unión particularmente estrecha con la jerarquía, se han ocupado y se ocupan de fines propiamente apostólicos" (AA 20.1).
Entre éstas, el Concilio Ecuménico Vaticano II menciona sobre todo "aquellas que aún siguiendo métodos diversos han producido abundantísimos frutos en el Reino de Cristo y, merecidamente recomendadas y promovidas por los Romanos Pontífices y por muchos Obispos, han recibido el nombre de Acción Católica y han sido descriptas como colaboración de los laicos en el apostolado jerárquico" (AA 20.1).
Esta particular forma de apostolado asociado, cuya identitad y misión ha sido reformulada por el mismo Concilio Ecuménico Vaticano II (cfr. Lumen Gentium 33,3; Ad Gentes 15,9; y particularmente Apostolicam Actuositatem 20.2 y 24.4) y por el constante magisterio del Romano Pontífice y de los Obispos (cfr. lo más reciente: Christifideles Laici 31.3), es hoy en día presente y operante en muchos países de diversos continentes, como surge también de los trabajos y documentos conclusivos del reciente Sínodo de los Obispos sobre la vocación y misión de los laicos en la Iglesia y en el mundo, celebrado en octubre de 1987 (cfr. Propositio 13 y mensaje final de los Padres Sinodales Sobre las huellas del Concilio, 5,4).
En concordancia con la realización de este Sínodo se han desarrollado relaciones entre algunas Asociaciones Nacionales de AC, tendientes a favorecer los siguientes objetivos:
a) una profundización del conocimiento recíproco;
b) una reflexión común sobre la identidad de las Asociaciones de Acción Católica (AC) aún dentro de la variedad de métodos y formas organizativas, y
c) un análisis atento de la peculiariedad del servicio en la Iglesia y en la sociedad a que es llamada la AC, sin dejar de considerar el contexto cultural y pastoral específico en que se desenvuelve cada una de ellas.

La utilidad de estas relaciones así concebidas aparece claramente referida a:

  • la solidaridad y a la preocupación común que vincula a los cristianos de los diversos paises y continentes,
  • la dimensión mundial de los grandes problemas que la sociedad contemporánea plantea a la conciencia cristiana,
  • los objetivos y líneas de trabajo pastoral a los cuales la Iglesia convoca hoy a toda la comunidad de los creyentes con la invitación a "emprender una nueva evangelización", "dirigida no solo a cada una de las personas, sino también a enteros grupos de poblaciones en sus más variadas situaciones, ambientes y culturas" (Ch.L. 34).

Por esto, con el apoyo del Pontificium Consilium pro Laicis (Carta n. 1845 de fecha 6 de noviembre de 1991) ha ido tomando forma un Forum Internacional de Acción Católica, con un Secretariado provisorio, con el fin de dar vida a un nuevo lugar de encuentro, de intercambio y de promoción de todos las Asociaciones que se reconocen en la tradición de la AC, sin querer, por otro lado, condicionar las realidades locales de AC.
En este contexto, queriendo dar forma estable a esta colaboración que se ha demostrado oportuna y útil para el desarollo del apostolado, con el presente acto queda constituído el "Forum Internacional de las Asociaciones y Federaciones de Movimientos de Acción Católica" con los objetivos y normas que se expresan a continuación.


Reseña Historica

El Documento Normativo del Forum Internacional de Acción Católica ha sido elaborado y aprobado el 9 de noviembre de 1991 por voto unánime de la Asamblea constitutiva del Forum reunida en Roma, con la participación de las Asociaciones y Federaciones de Movimientos nacionales de Acción Católica de los siguientes paises: Argentina, Austria, España, Italia, Malta, México, Paraguay y Rumania (rito griego).
La constitución del Forum ha recibido el apoyo del Pontificium Consilium pro Laicis, cuyo Presidente - Card. Eduardo Pironio - con Carta n. 1845 de fecha 6 noviembre de 1991 ha destacado la oportunidad del Forum como "lugar de encuentro, intercambio y promoción de todas las Asociaciones que se consideren en la benemérita tradición de la Acción Católica en intensa y especial comunión con el Santo Padre y con los Obispos".
Con referencia a un "Documento Normativo" el Pontificium Consilium pro Laicis ha ofrecido contribuciones y orientaciones con el fin de lograr la constitución de un organismo eficaz pero no condicionante, en ningún modo, las realidades locales de Acción Católica.
El Cardenal Presidente en la misma Carta ha declarado "conveniente que no falte una presencia de la Jerarquía para asistir de un modo particular al Secretariado Internacional. En tal sentido, teniendo también particularmente presente la necesaria vinculación del Forum con el Pontificio Consejo para los Laicos, y con los demás órganos eclesiásticos, es indispensable que el Obispo Asistente General de la ACI - nombrado por el Santo Padre - forme parte "de jure", del mencionado Secretariado".
El Documento Normativo, aceptando las contribuciones e indicaciones recibidas, ha querido dar forma estable a éste "nuevo lugar de encuentro, intercambio y promoción" con el fin de sostener el desarollo del apostolado que las Asociaciones y Federaciones de Acción Católica realizan en los diferentes Paises en estrecha unión con sus pastores y de desarrollar un servicio más eficaz en el ámbito internacional, con la debida vinculación con el Pontificium Consilium pro Laicis referido a las diversas estructuras y organizaciones eclesiales actuantes a nivel mundial, continental o regional.
El texto del Documento Normativo así aprobado ha sido enviado a las Conferencias de los paises indicados precedentemente, los que han hecho llegar observaciones y propuestas para integrar y mejorar el texto: la documentación correspondiente ha sido enviada, para su oportuno examen, al Pontificium Consilium pro Laicis.
Sobre la base de estas observaciones y propuestas realizadas por las Conferencias Episcopales el Documento Normativo ha sido revisado y aprobado con voto unánime de la 1ª Asamblea Ordinaria del Forum, reunida en Viena del 29 de octubre al 2 de noviembre de 1994, con la participación de las Asociaciones y Federaciones de los siguientes Paises: Argentina, Austria, Colombia, España, Malta, México, Paraguay, Italia, Rumania (rito latino), Suiza (italiana) y Venezuela.
El Documento Normativo con la redacción resultante y luego de una atenta revisión formal ha sido presentado finalmente por el Secretariado General al Pontificium Consilium pro Laicis para su aprobación mediante nota de fecha 19 de marzo de 1995, redactada al concluir los trabajos realizados en Roma en la reunión anual del 18/19 de marzo de 1995.


Normativa

1. Composición del Forum

1 - 1. El Forum Internacional de las Asociaciones y Federaciones de Movimientos de Acción Católica está integrado por las asociaciones de apostolado laical organizadas a nivel nacional que reúnen simultáneamente las cuatro notas características enunciadas por el Decreto del Concilio Ecuménico Vaticano II Apostolicam Actuositatem en sus números 20, 2-3, y que por lo tanto quedan comprendidas en la descripción consignada en el número 31.3 de la Exhortación Postsinodal Christifideles Laici.

1 - 2. El encuadramiento de cada Asociación en los requisitos señalados en el párrafo precedente deberá haber sido establecido por la Conferencia Episcopal competente en la nación correspondiente.

1 - 3. Las Asociaciones diocesanas y regionales también pueden ser admitidas como miembros del Forum cuando no existan las respectivas expresiones a nivel nacional. En este caso la posesión de los requisitos establecidos en el art. 1.1 es verificado y declarado por el Obispo diocesano o la Conferencia Episcopal regional competente.

2. Finalidad y objetivos

2 - 1. El Forum tiene por finalidad:
- Ser un espacio en donde se viva la preocupación y la solidaridad por la AC de los diversos paises, regiones y continentes.
- Analizar la dimensión mundial de los grandes problemas que la sociedad contemporánea plantea a la Iglesia y a la AC.
- Animar y promover la "nueva evangelización" en el marco de respeto a las realidades estructurales y pastorales de cada AC.

2 - 2. El Forum tiene los siguientes objetivos:
a) favorecer el recíproco conocimiento entre las Asociaciones y Federaciones de Movimientos de Acción Católica de los diversos países.
b) Promover iniciativas orientadas a sostener y desarrollar el servicio específico a que están llamadas las Asociaciones y Federaciones de Movimientos de Acción Católica en razón de la diversidad del contexto cultural, social y eclesial en el cual se desenvuelven.
c) Promover iniciativas tendientes a profundizar el estudio de problemas que hacen a la vida y misión de la Iglesia en el nivel universal, continental o regional.
d) Mantener relaciones desde el diálogo y colaboración con todas aquellas organizaciones de apostolado laical reconocidas a nivel internacional con especial atención a las OIC existentes.
e) Representar a las Asociaciones y Federaciones de Movimientos de Acción Católica, pertenecientes al Forum, ante el Pontificium Consilium pro Laicis y ante los otros organismos de la Santa Sede.
f) Representar a las Asociaciones y Federaciones de Movimientos de Acción Católica pertenecientes al Forum, ante Organizaciones Internacionales civiles con referencia a la naturaleza eclesial de las mismas en el ámbito de su finalidad.

2 - 3. El Forum, ya sea por el propio funcionamiento o por su propia actividad, se conforma a las cuatro notas características, tomadas en conjunto, establecidas por el Decreto Conciliar Apostolicam Actuositatem 20, 2 y 3.

3. Constitución del Forum

3 - 1. El Forum está constituído inicialmente por las siguientes Asociaciones o Federaciones de Movimientos nacionales de AC: Argentina, Austria, España, Italia, Malta, México, Paraguay y Rumania (rito grieco).

3 - 2. Podrán formar parte del Forum otras Asociaciones y Federaciones de Movimientos de AC que así lo soliciten, siempre que cumplan los requisitos establecidos en el artículo 1.

3 - 3. Los pedidos de admisión al Forum son presentados al Secretariado General que los somete a la Asamblea para que se pronuncie sobre su aceptación: la decisión debe ser tomada con la mayoría absoluta de los presentes.

3 - 4. Con el fin de favorecer la comunicación y como signo concreto de comunión el Forum establece su domicilio en la ciudad de Roma, sede de la Cátedra de Pedro y del Pontificium Consilium pro Laicis.

4. Organismos y funcionamiento

4 - 1. El Forum está compuesto por:
a) La Asamblea
b) El Secretariado General.

4 - 2. La Asamblea es el órgano principal del Forum en el que participan como miembros todas las Asociaciones y Federaciones de Movimientos de Acción Católica admitidas al Forum. La Asamblea se reúne en Sesión Ordinaria cada tres años, y en Sesión Extraordinaria bajo convocatoria del Secretariado General aprobada con el acuerdo de la mitad más uno de los miembros del Forum.

4 - 3. La Asamblea se reúne en Sesión Ordinaria o Extraordinaria para considerar un temario prestablecido en la convocatoria, acorde con lo establecido en el art. 2. La Asamblea sesiona válidamente con la asistencia de la mitad más uno de sus miembros.

4 - 4. La Asamblea que sesione válidamente podrá aprobar documentos o declaraciones, y emitir recomendaciones que no tendrán caracter vinculante para sus miembros. Toda aprobación de la Asamblea deberá obtenerse por consenso de todos los miembros asistentes a la Sesión.

4 - 5. Las declaraciones del Forum destinadas a los medios de comunicación social deberan realizarse previo acuerdo con el Asistente eclesiástico del Forum.

4 - 6. La Asamblea podrá aprobar con la mayoría absoluta de los presentes resoluciones para la vida interna del Forum y del Secretariado general.

4 - 7. Los aspectos organizativos del Forum serán atendidos por un Secretariado General cuyas funciones son de representación, de intercomunicación, de proposición de iniciativas y de ejecución de las decisiones tomadas por la Asamblea.

4 - 8. El Secretariado General estará constituído por cinco laicos representantes de distintos paises que reflejen la variedad de la AC.
Los cinco paises son elegidos por la Asamblea Ordinaria del Forum cada tres años.

5. El Asesor eclesiástico
El Asistente Eclesiástico del Forum es nombrado por la autoridad eclesiástica según las normas del Derecho Canónico, y representa a la Jerarquía en cada uno de los órganos del Forum.

6. Administración
Los recursos económicos para el funcionamiento del Forum están constituídos por las contribuciones de los miembros, fijados en la Asamblea; así como por las donaciones obtenidas con el fin de apoyar la actividad del Forum.
El Secretariado General se ocupa de la administración de los recursos y bienes y de la correspondiente rendición de cuentas a la Asamblea Ordinaria.

7. Modificaciones al Documento Normativo

7 - 1. Las modificaciones al presente Documento Normativo deberán ser aprobadas por la Asamblea con la mayoría absoluta de los miembros.

7 - 2. Las decisiones asumidas serán sometidas al examen de las Conferencias Episcopales nacionales, regionales o del Obispo diocesano interesados a norma del art. 1.

7 - 3. Las decisiones de modificación y las indicaciones a las que se hace referencia en el inciso anterior serán presentadas por el Secretariado General, con observaciones propias, al Pontificium Consilium pro Laicis que aprueba las modificaciones al Documento Normativo.

8. Norma final
El presente Documento Normativo corresponde al texto aprobado por la Asamblea del Forum del 7/10 de noviembre de 1991 y en el cual están insertas las observaciones recibidas por las Conferencias Episcopales nacionales de los paises miembros. El Pontificium Consilium pro Laicis lo ha aprobado definitivamente con Decreto del 3 de enero
de 2000 nº 144/00/S-61/B-65 a.